Franklin Almeyda |
El ex ministro de Interior y Policía y miembro del Comité Político del gubernamental Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Franklin Almeida, consideró “improcedente e inconstitucional” imponer privación de libertad a los encartados en el expediente de los supuestos sobornos de la constructora Odebrecht.
Abogó porque todos ellos sean puestos en libertad, aunque se continúe la investigación sobre los hechos de los cuales se les acusa.
En un artículo periodístico titulado “¿Deben estar en libertad?”, Almeida, quien además es un experimentado abogado, dice que la libertad no se pierde porque una persona esté siendo investigada, ya que la presunción de inocencia, también le protege.
El texto de su artículo es el siguiente:
“Desde siglos se consagraron los derechos humanos, en Europa con la Revolución francesa y en América con la Independencia Norteamericana y la abolición de la esclavitud. De última generación, en décadas de final del pasado Siglo XX, se concentraron en los derechos fundamentales económicos y sociales. Los países se han puesto de acuerdo en organismos internacionales para la prohibición de la pena de muerte. Es que el derecho a la vida es el primero de todos; sin vida no se ejercen los demás, porque se debe existir para tener libertad, libre expresión, educación, alimentación, vivienda, empleo, vestir, libre circulación, la ciudadanía e identidad personal, etc.
Seguido al derecho a la vida, está el derecho a la libertad; el que está privado de libertad, está inhabilitado a ejercer la mayoría de los derechos; se reducen a la alimentación, vestir y un techo. Así están los condenados con penas de privación de libertad. Es que la vida y la libertad conducen a los demás derechos.
Quienes no defienden la vigencia de los derechos, desconocen siglos de historia y las luchas civiles de las últimas décadas; a eso nunca se debe renunciar.
La libertad no se pierde por estar siendo investigado; se presume inocencia; ella se considera el estado natural y ante una investigación judicial “Las medidas de coerción, restrictivas de la libertad personal, tienen carácter excepcional y su aplicación debe ser proporcional al peligro que tratan de resguardar” (Art. 40, acápite 9).
Ese mandato constitucional es taxativo, no admite dudas. Reduce una coerción a privación de libertad a determinadas circunstancias excepcionales y se aplican “proporcional al peligro que tratan de resguardar”.
Lo explicado es suficiente para considerar como improcedente e inconstitucional imponer privación de libertad a los encartados en el expediente de Odebrecht. Su libertad no significa dejar de ser investigados; es presumir inocencia.
Benito Juárez, ese patriota continental nacido en México, proclamó: “La defensa al derecho ajeno es la paz”. Digamos lo mismo.
Entre nosotros existe una cultura de la arbitrariedad e intolerancia, que aun los que defienden los derechos, exaltados reclaman reducir a prisión por cualquier motivo, expresando: “tránquelo”, o peor haciendo la señal con la mano así (“dale pa’bajo”) o “¿aún está vivo?”
La Policía, que es el cuerpo represivo del Estado de acercamiento a la población, y responsable de su protección, sólo sabe “jalar” con ligereza su arma letal porque no está entrenada ni equipada para controlar a los infractores más violentos con medios no letales. Se linchan presuntos delincuentes.
En todos los niveles sociales se experimenta una forma de predominio a esa cultura de la arbitrariedad e intolerancia, hasta para reclamar corregir violaciones a los derechos.
Más preocupante es que los jueces procedan igual, cuando ellos deben ser pioneros de los derechos y no recogerse temerosos. Son sustentadores sociales de los derechos; contraría su razón de ser dejarse dirigir por presiones políticas mediáticas y una cultura de arbitrariedad, en vez de dar lecciones sobre la libertad y el ejercicio de los derechos.
El debido proceso no es una bonita expresión jurídica, se trata del respeto a normas procesales aplicables a todos para ser juzgados, presumiendo inocencia y poderse defender en libertad, hasta condena irrevocable.
¡Procede reclamar el derecho a la libertad de los encartados, para defenderse, aun seguirían investigados!”.
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