domingo, 21 de agosto de 2016

INTRANT sustituirá entidades del área de transporte en el país


Cuando el proyecto de Ley de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial sea convertido en ley, el resto de las instituciones del área serán regidas por un solo ente, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), una entidad que tendrá las funciones administrativas del sistema.

De acuerdo con el proyecto, de la autoría del diputado Tobías Crespo, el Intrant fungirá como el organismo rector, nacional y sectorial, descentralizado del Estado, con personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera y técnica, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, encargado de cumplir y hacer cumplir el contenido de la Ley.

En el país existen más de 10 entidades públicas cuyas funciones tienen que ver con tránsito y transporte, las cuales una vez promulgada la Ley, pasarían a ser dependencias del Intrant, como direcciones subordinadas a ese órgano rector.

Entre esas entidades figuran las direcciones generales de Tránsito Terrestre y la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET), así como la Oficina Técnica de Transporte Terrestre (OTTT), entre otras.

Según el proyecto de ley, el Intrant tendrá unas 42 responsabilidades, entre las que figuran el diseño y ejecución de la política nacional de movilidad, transporte terrestre, nacional e internacional, tránsito y seguridad vial.

También elaborar los reglamentos internos y las regulaciones complementarias en un plazo de seis meses a partir de que la ley sea puesta en vigencia.

De igual modo, planificar y diseñar el sistema integrado de transporte público, sus rutas, servicios, esquemas de operación, itinerarios y cualquier otro aspecto, a nivel urbano e interurbano.

Entre sus funciones están además, establecer los requisitos que deberán cumplir los conductores del transporte de carga, así como ejercer el control administrativo sobre la emisión de las licencias de operación para la prestación de servicios en las áreas de su competencia.

Tiene entre su abanico de funciones fijar las tasas por servicios brindados, regular las tarifas del transporte público de pasajeros y carga y ejecutar campañas de educación y seguridad vial, orientación y concientización a usuarios y prestadores del servicio para la prevención de accidentes de tránsito.

No hay comentarios:

Publicar un comentario